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Representación legal y comercial en Colombia y el rol del Extranjero

  • Foto del escritor: Leonardo Sánchez
    Leonardo Sánchez
  • 27 may
  • 3 Min. de lectura

La Superintendencia de Sociedades de Colombia ha emitido un concepto aclaratorio de gran importancia para el ámbito empresarial, detallando las diferencias entre la representación comercial y la representación legal, y abordando la capacidad de los ciudadanos extranjeros para ejercer esta última función.


Representación Comercial: Un Mandato Específico


La representación comercial se define como un mandato por el cual una persona se encarga de gestionar, promover, administrar o explotar negocios a nombre de otra. Este tipo de contrato se rige por el Código de Comercio. Ejemplos claros incluyen:


  • Mandato Comercial: Una parte se obliga a celebrar o ejecutar actos de comercio por cuenta de otra, pudiendo o no conllevar representación del mandante.


  • Contrato de Agencia: Un comerciante asume, de forma independiente y estable, el encargo de promover o explotar negocios en una zona específica, como representante o agente de un empresario.


  • Preposición: Un tipo de mandato enfocado en la administración de un establecimiento de comercio o una parte de su actividad, donde el mandatario es conocido como factor.


En esencia, la representación comercial implica una relación contractual para la gestión de negocios.


Representación Legal: La Esencia de la Sociedad


Por otro lado, la representación legal es la persona encargada de representar a la sociedad ante terceros. Sus facultades principales incluyen celebrar o ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o relacionados con la existencia y funcionamiento de la sociedad, siempre dentro de las obligaciones y prohibiciones legales y estatutarias.


A diferencia del mandato, la representación legal no es una delegación de una voluntad externa, sino una función inherente y esencial de la persona jurídica. La Superintendencia ha reiterado que la representación legal es fundamental, inseparable, indelegable y de la esencia de la persona jurídica. La ley mercantil exige que en el acto de constitución de la sociedad se indique cómo se administrarán los negocios y quién o quiénes la representarán legalmente.


Extranjeros como Representantes Legales en Colombia


Una de las preguntas frecuentes es si un extranjero puede ser representante legal en Colombia. La Superintendencia de Sociedades confirma que, por regla general, la legislación colombiana permite que una persona de nacionalidad extranjera ejerza la representación legal de una sociedad colombiana o de una sucursal de sociedad extranjera.


Existe una excepción crucial: si la sociedad tiene por objeto explotar, dirigir o administrar un servicio público o una actividad declarada por el Estado de interés para la seguridad nacional, el representante legal y sus suplentes deben ser ciudadanos colombianos.


Es fundamental que el representante legal extranjero se someta a la legislación colombiana en toda su extensión, incluyendo la ley laboral, de contratación, comercial, societaria y migratoria.


Visados Relevantes para Representantes Legales Extranjeros


En cuanto a las visas, el Ministerio de Relaciones Exteriores establece diferentes tipos, como las de Visitante, Migración y Permanente. Algunas que podrían aplicar son:


  • Visa M Socio o Propietario: Para extranjeros que hayan constituido empresa o adquirido participación en una sociedad comercial, con un monto mínimo de inversión. Esta visa permite trabajar exclusivamente en la sociedad de la cual es socio.


  • Visa de Residente Permanente (Tipo R): Otorga permiso abierto de trabajo y permite realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional.


Es importante destacar que la Visa V Negocios no permite trabajar en territorio colombiano. Finalmente, se recomienda consultar a Migración Colombia para definir el tipo de visa específico que requiere el extranjero, tras el análisis de su situación particular.




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