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Reorganización empresarial y el acuerdo extrajudicial de reorganización

  • Foto del escritor: Leonardo Sánchez
    Leonardo Sánchez
  • 24 may
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 25 may

En el dinámico mundo del derecho societario colombiano, la Superintendencia de Sociedades (en adelante, Supersociedades) se mantiene como un faro que guía a las empresas en su camino. En los últimos meses, hemos sido testigos de interesantes pronunciamientos que marcan una pauta importante, especialmente en lo que respecta a la reorganización empresarial.


Uno de los puntos clave que ha generado gran interés doctrinal es la flexibilidad y el alcance del acuerdo extrajudicial de reorganización. Tradicionalmente, este mecanismo ha sido visto como una alternativa para empresas en dificultades financieras, permitiendo la negociación con sus acreedores fuera de un proceso judicial formal. Sin embargo, la Supersociedades ha venido aclarando y ampliando la interpretación de este instrumento.




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¿Qué es lo relevante aquí? La doctrina reciente de la Superintendencia ha enfatizado la importancia de la buena fe negocial y la eficacia del acuerdo como herramientas para la preservación de la empresa y el empleo. Esto se traduce en una mayor apertura a la innovación en las propuestas de acuerdo, siempre y cuando se respete la paridad entre los acreedores y se procure la sostenibilidad del deudor.

 
 
 

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